FAQ Tributación del Juego (Actualizado 2020)
Nosotros ponemos ganancias en la casilla 304, pero en que casos se usa la casilla 290?
Este año he puesto deducción de hasta 1000 euros por alquiler de vivienda habitual (Madrid), alguien que lo haya puesto? Entiendo que es totalmente compatible con las ganancias patrimoniales, al contrario que ocurre con deducciones por planes de pensiones que solo son compatibles con rendimientos del trabajo, esto es asi no?
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No , como él solo tenía los datos del año anterior (aviso que ese año no era mucha cantidad y aún así los tenía) yo le proporcioné la cifra final con la formula aplicada y la marcó en la casilla 304 me dijo la cantidad a pagar y los métodos , ya que se puede fraccionar los pagos.
Puedes escribirme Por privado que yo no puedo al ser nivel menor porfabor?gracias.
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Una duda, si llevo 8 años presentando la declaracion, y mi unica actividad ha sido jugar al poker, me podria deducir gastos como un ordenador, luz o internet? Pues esta bastante claro que es mi manera de obtener ingresos y por tanto es mi trabajo.
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Para sacar el balance en torneos en vivo como lo hago? Es decir no tengo fotos de los tickets que jugué el año pasado, bueno en realidad no estoy seguro que con una foto valga para quitarte ese buy in... Algun experto en vivo que me ayude?
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Si lo pagaste con tarjeta, igual con el recibo del banco sirve. Pero no lo sé...
Yo estoy igual que tú : \
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Yo como lo hago es guardar los tickets , siempre que pagas un torneo te dan un ticket pues haces el balance y lo anotas y si el dia de mañana te reclaman algo tienes los tickets para demostrarlo
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Si te acuerdas de la fecha en la que jugaste un torneo, en el casino deben de tener el registro de tu participación el dicho evento y podrán extenderte una copia del ticket que acredite que lo has jugado.
Si te pilla cerca el casino, pásate y habla con el personal del hotel, sino también puedes intentar ponerte en contacto por teléfono o a través del correo electrónico de cada uno,
Ya nos dices.
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Una duda...en internet veo en alguna web de juego online que pone que no es obligatorio declarar ganancias inferiores a 1.000€ si las rentas procedentes del trabajo son inferiores a 22.000€ con un pagador o 14.000€ con varios pagadores ¿eso es así?
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Casi. Lo que no es obligatorio es presentar la declaración de la renta si se cumplen esos supuestos. Ahora bien, si presentas la declaración de la renta tendrás que declarar las ganancias patrimoniales desde el primer euro.
Lo puedes ver en la página de la agencia tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-follet…
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Casi. Lo que no es obligatorio es presentar la declaración de la renta si se cumplen esos supuestos. Ahora bien, si presentas la declaración de la renta tendrás que declarar las ganancias patrimoniales desde el primer euro.
Lo puedes ver en la página de la agencia tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-follet…
Me suponía algo así.
Muchas gracias!
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Y por cierto...la casilla corresta es la 0282 o la 0304 ?
Aunque igual da lo mismo que el resultado no varía lo pongas en una casilla o en otra.
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Casi. Lo que no es obligatorio es presentar la declaración de la renta si se cumplen esos supuestos. Ahora bien, si presentas la declaración de la renta tendrás que declarar las ganancias patrimoniales desde el primer euro.
Lo puedes ver en la página de la agencia tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-follet…
Por lo que entiendo de esa tabla, si tu única fuente de ingresos es el poker, debes hacer la declaración sólo en caso de superar los 1.600€ de beneficio no?
Me parece tan ambiguo la forma que tienen de mostrarlo... Parece que lo hacen a propósito para que la gente se equivoque 🙄
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Creo que es la 304, al menos es la que yo utilizo desde hace años
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Hoola hola, alguien sabe si se podrían deducir pérdidas patrimoniales tipo acciones o incluso crypto respecto a las ganancias del poker? Ty!
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Ey!
Sin que te lo tomes al pie de la letra ya que no soy asesor ni experto y lo tengas como referencia y puedar buscar más info:
El impuesto del IRPF está compuestos por dos bases, una base general, donde se incluyen rentas del trabajo, de actividades economicas, rentas del capital inmobiliario y ganancias y pérdidas NO DERIVADAS de transmisiones patrimoniales, esta base general, es la que tiene los tipos impositivos "conocidos/altos". La otra base es la del ahorro, donde se incluyen rendimientos del capital mobiliario y ganancias y perdidas DERIVADAS de transmisiones patrimoniales, esta base del ahorro, tiene unos tipos impositivos menores que la base general, y pueden compensarse las bases entre ellas con unas limitaciones de porcentaje que ahora no recuerdo.
En el caso de los beneficios del poker, van a la base general al ser una ganancia no derivada de transmisiones patrimoniales.
Por otro lado, en el IRPF deberías incluir las modificaciones en tu cartera de acciones/criptos si estas han sido vendidas durante el 2022, es decir, si las compraste en el 2022 pero no las vendiste en el 2022, aunque su valor de mercado sea inferior ahora, no puedes introducir la pérdida hasta el año fiscal donde las vendas. En el caso de las cryptos, si intercambias cryptos o compras unas con otras durante el mismo año 2022, en este caso si que se ha producido una ganancia o pérdida patirmonial ya que si se ha realizado una transacción.
Salu2 nos vemos por las mesas :)
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Ahora que somos deportistas, nos podemos deducir gastos como desplazamiento, alojamiento y software?
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Ey!
Sin que te lo tomes al pie de la letra ya que no soy asesor ni experto y lo tengas como referencia y puedar buscar más info:
El impuesto del IRPF está compuestos por dos bases, una base general, donde se incluyen rentas del trabajo, de actividades economicas, rentas del capital inmobiliario y ganancias y pérdidas NO DERIVADAS de transmisiones patrimoniales, esta base general, es la que tiene los tipos impositivos "conocidos/altos". La otra base es la del ahorro, donde se incluyen rendimientos del capital mobiliario y ganancias y perdidas DERIVADAS de transmisiones patrimoniales, esta base del ahorro, tiene unos tipos impositivos menores que la base general, y pueden compensarse las bases entre ellas con unas limitaciones de porcentaje que ahora no recuerdo.
En el caso de los beneficios del poker, van a la base general al ser una ganancia no derivada de transmisiones patrimoniales.
Por otro lado, en el IRPF deberías incluir las modificaciones en tu cartera de acciones/criptos si estas han sido vendidas durante el 2022, es decir, si las compraste en el 2022 pero no las vendiste en el 2022, aunque su valor de mercado sea inferior ahora, no puedes introducir la pérdida hasta el año fiscal donde las vendas. En el caso de las cryptos, si intercambias cryptos o compras unas con otras durante el mismo año 2022, en este caso si que se ha producido una ganancia o pérdida patirmonial ya que si se ha realizado una transacción.
Salu2 nos vemos por las mesas :)
Gracias bro, sisi hasta la liquidación se que no puedo deducir nada pero como tengo algunas butras por ahí en degiro para saberlo y vender este año y compensar el año que viene, pero sino lo guardaré para un futuro compensar algún fondo ty!!
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Buenas!
Algun compi que tribute en Bizkaia me puede indicar en que apartado de la declaración online, se incluyen las ganancias del poker?
Si entro por el apartado de premios me pide el NIF del pagador.
Saludos
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Buenas!
En caso de que no haya habido movimientos de depósitos y retiros pero sí de juego en un casino, ¿hay que reportarlo a hacienda? ¿Qué sería? ¿saldo 31/12/22 - saldo 01/01/22?
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Ahora no me acuedo como iba pero había que poner 000000001 o algo de esto.
De todas formas llama al número de Hacienda de la Diputación y ellos te lo dicen.
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Me ha pillao hacienda 2019 que no declare pero no me dice nada del 2020 , 2021 . 2022 u y ame llegara la multa me imagino.
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Buenas! Me encuentro en la tesitura de estar viviendo en la misma unidad familiar con un hermano estudiando al cual le están concediendo becas.
Tuve ganancias con el poker en 2022 y ahora me toca declararlas. Mi duda es si estas afectan a las becas concedidas o como afectan a futuras becas. Aparte de los ingresos del poker tambien esta mi trabajo actual y el de mi madre. Algunx sabe un poco del tema? gracias!
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A ver, si juegas al poker deduzco que eres mayor de edad y de ser así, no formas parte de la unidad familiar (a efectos de declaración de la renta) a no ser que estés incapacitado judicialmente o exista sobre tí una curatela impuesta por resolución judicial.
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Gracias Jalcon11 por tu respuesta! Me genera dudas el estar empadronado en la misma vivienda y como afecta esta a la renta. Según tengo entendido, los hermanxs que tengan 25 años+ su renta no afecta en los demás miembros de la unidad familiar. Saludos
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Miketrap,t llegará más tarde lo de esos años,pero t llegará,así q casi q hagas una complementaria de esos años.
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Muy buenas compas. Vengo con algunas dudas sobre la declaración de hacienda de este año.Es la primera vez que hago la declaración teniendo en cuenta las ganancias del poker y hay algunas cosas que no tengo muy claras.
Yo tengo un trabajo en el que gano 15408 euros anuales y me retienen un 5% de IRPF.
El año pasado tuve unas ganancias en el poker de 4640,11.
Esto hace que el total de mis ganancias anuales sean 20048,11.
Aquí vienen mis dudas. Si sólo hubiese tenido como pagador el poker, si no me equivoco no estaría obligado a declarar las ganancias porque no llego a los 5550 euros, que son el mínimo para hacerlo. Al tener dos pagadores y que uno de ellos ya supere los 1000 anuales, ya hace que tenga que declarlo todo. Aquí vienen mis dudas:
En el video del compañero Rober explica que las ganancias del poker se reparte por tramos aplicando el porcentaje de cada uno. Es decir como explica en el video, dice que alguien que gana 30000 al año del poker tiene un total del 20,37% de IRPF una vez se ha repartido las ganancias por tramos. Si yo he ganado 4640,11 que porcentaje de IRPF se aplica teniendo en cuenta que si no tuviese otro pagador sería 0 pero he tenido otro pagador? Me aplican la retencion de los 20048,11 totales cuando ya me han retenido cada mes un 5% de los 15408 euros del primer pagador?
Si no me equivoco y también como explica el compañero en el vídeo, los 4640,11euros entran directamente al tramo del 19%, lo que sería un totoal de 881, 62 euros. El tema es que la gestora me ha comentado que me sale a pagar 1123 euros y eso es lo que no acabo de entender.
La verdad es que estoy hecho un lío y no sé si consigo explicarme bien. A ver si alguien puede darme un poco de luz.
Muchas gracias.
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Al tener dos pagadores y que uno de ellos ya supere los 1000 anuales, ya hace que tenga que declarlo todo
Lo de tener dos pagadores sólamente es para las rentas DEL TRABAJO. Si has tenido dos empleadores diferentes (has trabajado en dos sitios diferentes) en el año pasado entonces si que se tienes que estar a lo que diga el máximo para dos pagadores (14.000 € actualmente), si sólamente has tenido un empleador no estás obligado si no has tenido rentas del trabajo superiores a 22.000€.
Sin embargo, en teoría si que estás obligado a hacer la declaración por superar unas ganancias patrimoniales de 1.600 €.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Ayuda/21Presentacion/100/2.h…
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Si no me equivoco y también como explica el compañero en el vídeo, los 4640,11euros entran directamente al tramo del 19%, lo que sería un totoal de 881, 62 euros. El tema es que la gestora me ha comentado que me sale a pagar 1123 euros y eso es lo que no acabo de entender.
Esto no lo puedes calcular así directamente. Lo que te retiene la empresa en la que trabajas es un porcentaje prosional estimando cuales pueden ser tus ingresos anuales (de hecho tú puedes incrementar ese % si te apetece). Al final del año hay que hacer el cálculo real de lo que tienes que tributar y a ese importe se le descuenta las retenciones que has tendio a lo largo del año, que es por lo qaue la declaración te puede salir a pagar o a devolver. En resumen al importe que tienes que pagar por las ganancias del poker se le tiene que sumar o restar la diferencia entre lo que te corresponde pagar por los rendimientos del trabajo y lo que te han ido reteniendo a lo largo del año (que suele estar bastante aproximado pero que no será exacto nunca a no ser que se dé una coincidencia tremenda
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Perfecto Jalcon. Muchísimas gracias.
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Hasta que dia se puede hacer la declaracion? Hasta el 30 de junio, verdad?
La casilla es la 304 de siempre, no?
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Sí, hasta el 30. Servidor ha usado la 304 como todos los años.
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Igual no viene mucho al hilo pero alguien sabe como se saca el famoso ITIN desde España para luego no tener problemas al cobrr premios en Vegas?
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Hola, no consigo saccar el total de ganancias con ninguno de los informes que me manda stars.es, alguien puede ayudarme por favor?
Quiero saber que informe temgo que pedir, porque en todos me faltan datos.
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Negro,creo q las ganancias no son necesarias. Es reintegros,depósitos,saldo primer día del año y saldo fin de año. Haciendo el cálculo con estos 4 datos de forma automática salen tus ganancias...q por cierto,parte de las mismas,me las has ganado a mi,😅
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PartyPoker no me manda el informe fiscal
llevo casi todo el mes detras del informe del 2022, me dicen que esta en proceso de ser firmado y que eso ya no depende de ellos.
Que hago si no me llega el informe antes del dia 30 fecha limite para presentar la declaracion?
A vosotros os lo han mandado rapido ya que por el mismo software no se puede consultar.....
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PartyPoker no me manda el informe fiscal
llevo casi todo el mes detras del informe del 2022, me dicen que esta en proceso de ser firmado y que eso ya no depende de ellos.
Que hago si no me llega el informe antes del dia 30 fecha limite para presentar la declaracion?
A vosotros os lo han mandado rapido ya que por el mismo software no se puede consultar.....
Estoy en la misma situación. Desde primeros de mes.
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Mi me tardaron casi un mes en enviarlo
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Vigilad con el informe de Party y compararlo con PT4 si algo no os cuadra que a mi me lo enviaron mal.
https://educapoker.com/foros/general/salas-.es/partypoker.es/party-me-h…
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Stars te manda dos informes con los ingresos y retiradas hechos durante el año y si no me equivoco en el correo te dicen el saldo que tenias el dia 1/1 y el del dia 31/12 y con eso ya lo tendrias,pero si que en comparación con winamax los excels de stars son un poco confusos..
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Buenas!
Este año tengo que hacer la declaración de la renta del 2020, 2021 y 2022. La duda que me surge es que en 2020 gane 3 tickets de torneos por valor de 250€ cada uno, de los cuales uno lo gaste en 2021 y los otros dos aún no los he gastado.
La pregunta es, ¿Cuándo tengo que declarar esos tickets? ¿El año que los gané? O solo se declaran cuando se hacen efectivos
Otra cosa, mis únicos ingresos son del poker, sé que si he ganado más de 1500€ estoy obligado a declarar, pero, ¿a partir de que cantidad voy a tener que tributar por esos ingresos?
Gracias!
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Buenas!
Este año tengo que hacer la declaración de la renta del 2020, 2021 y 2022. La duda que me surge es que en 2020 gane 3 tickets de torneos por valor de 250€ cada uno, de los cuales uno lo gaste en 2021 y los otros dos aún no los he gastado.
La pregunta es, ¿Cuándo tengo que declarar esos tickets? ¿El año que los gané? O solo se declaran cuando se hacen efectivos
Otra cosa, mis únicos ingresos son del poker, sé que si he ganado más de 1500€ estoy obligado a declarar, pero, ¿a partir de que cantidad voy a tener que tributar por esos ingresos?
Gracias!
respecto a los tickets no tienes que declararlos salvo que obtengas ganancias a traves de ellos ya que si tu ganastes ese ticket en un SAT que te costó X€ ese coste si te lo deduces pero los 250e no son reales todavia nose si me explico, es como si mañana hay 1SAT de 1k que clasifica para el ME de LAS VEGAS de 2025, tú de momento vas 1K abajo aunque hayas ganado un asiento al ME de LAS VEGAS.
Creo que se tributa a partir de los 5.500e y va por tramos , tambien influye algo la comunidad autonoma.
si has ganado 6k como de 0 a 5,5k pagas 0, pagaras un 19% de los 500e que ya si tributan.
si has ganado 30k lo mismo para los primeros 5,5k luego hasta 20k o lo que sea que tribute al 19% y lo restante hasta 30k igual ya tributa al 24%.
Todo te lo digo un poco a voleo pero creo que no estoy muy equivocado y para que te hagas una idea.
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Que lo confirme un experto pero creo que gpto no esta en lo cierto, los tickets tributan como ganancia en el momento de ganarlos. Como si fuese dinero puro, si lo juegas el mismo año y no haces ITM, tributas como si hubieses ganado 250€ y perdido 250€, si haces ITM por 1000€ entonces tributas los 1000€
Si lo usas el año siguiente, entonces si pierdes eso son perdidas, y los beneficios si que hay que restar los 250€ porque ya declaraste los beneficios de 250€ el año anterior
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En este mismo hilo, en el 1r post tenéis una explicación de Piokari:
"
4. ¿Si gano una entrada en 2.020 para un torneo en 2.021me computa como ganancia en 2.020?
En mi opinión no, ya que el premio solo se hará realidad en caso de que se cumplan una serie de parámetros que no están en manos del premiado, como que se celebre el torneo, que no fallezca el premiado en ese intervalo, que no desaparezca el que lo otorga, etc... por tanto, si ganas en el 2.020 el derecho a jugar el PSPC en 2.021, en mi opinión debe declararse el premio en el ejercicio 2.021 y siempre que se haya jugado de manera efectiva.
"
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Si lo dice Piokari así será, pero yo no tengo tan claro que esté en lo cierto. Desde una perspectiva contable por ejemplo parece bastante claro que en el momento en que has ganado el ticket obtienes una especie de "derecho de cobro" frente a un tercero y por tanto en ese comento es cuando has obtenido el beneficio. Que el tercero incumpla su obligación de pago (aunque sea por su fallecimiento como pone de ejemplo Emilio, o por la causa que sea) no afecta a la cuantificación del beneficio del ejercicio en el que has obtenido el ticket sino a la del ejercicio en la que el tercero haya incumplido su obligación de pago.
Como analogía, imagínate que tienes una tienda y realizas una venta con pago aplazado para el año que viene. Vas a tener que tributar ante hacienda por el beneficio en el momento en el que haces la venta, no cuando la cobras, y si llegado el momento el comprador incumple su obligación y no te paga lo que te debe, será en ese nuevo ejercicio donde te podrás imputar la pérdida que te ocasiona el impago.
Dicho todo lo cual, desde una perspectiva práctica, como supongo que las salas no incluirán en sus informes ante hacienda los tickets entregados, creo que corres muy poco riesgo si te "olvidas" de incluir los tickets obtenidos entre tus ingresos.
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