¿Trasladarse a Andorra?
Buenas rubenkinta!
sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
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Buenas rubenkinta! sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
pero miratelo bien que no es lo mismo estar casados a ser pareja de hecho.
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Buenas rubenkinta! sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
pero miratelo bien que no es lo mismo estar casados a ser pareja de hecho.
Lo miraré bien, porque de momento no estoy casado, pensé en tramitar la documentación de pareja de hecho, pero quizá no sea suficiente, de todas formas como a partir de enero tengo previsto trasladarme allí, supongo que desde allí y con paciencia será mucho más fácil, de momento seguiré indagando a ver si encuentro documentación al respecto
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Buenas rubenkinta! sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
pero miratelo bien que no es lo mismo estar casados a ser pareja de hecho.
si, claro por eso comenté lo de casados porque de eso estoy 100% sure. Intentaré preguntarte a mi asesora lo de pareja de hecho a ver que me dice y te lo comento por aquí. saludos!
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Buenas rubenkinta! sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
pero miratelo bien que no es lo mismo estar casados a ser pareja de hecho.
si, claro por eso comenté lo de casados porque de eso estoy 100% sure. Intentaré preguntarte a mi asesora lo de pareja de hecho a ver que me dice y te lo comento por aquí. saludos!
Mil gracias Odineh, cualquier info es bienvenida, que ya me veo hincando rodilla :)
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Buenas. Otro que se plantea en 2021 volar hacia Andorra. Ya he leído los posts de este hilo y sigo teniendo algunas dudas.
Decís que si constituyes una empresa y pagas autónomo, ¿no se puede declarar el dinero del póker ahí? ¿Entonces como efecto de constitución de la SL lo que te permite es tener la residencia solo?
Os planteo un supuesto. Si yo fuese allí, solo como jugador y constituyo una empresa y me hago residente allí. ¿Cómo podría declarar el dinero del póker entonces?
Otro supuesto. Si mi hermano que es autónomo y vende productos como queso, jamón y tal, entrase en mi SL y yo declarase la pasta mediante sus ventas, ¿sería posible? ¿supondría algún inconveniente de cara a mi hermano residiendo en España y trabajando en España?
Disculpad la chapa. Muchas gracias.
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Buenas rubenkinta! sí, si estáis casados puedes hacer reagrupamiento familiar y obtener la residencia ;)
pero miratelo bien que no es lo mismo estar casados a ser pareja de hecho.
si, claro por eso comenté lo de casados porque de eso estoy 100% sure. Intentaré preguntarte a mi asesora lo de pareja de hecho a ver que me dice y te lo comento por aquí. saludos!
rubenkinta wrote:
Mil gracias Odineh, cualquier info es bienvenida, que ya me veo hincando rodilla :)
jajja hinca hinca xDD
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Buenas. Otro que se plantea en 2021 volar hacia Andorra. Ya he leído los posts de este hilo y sigo teniendo algunas dudas.
Decís que si constituyes una empresa y pagas autónomo, ¿no se puede declarar el dinero del póker ahí? ¿Entonces como efecto de constitución de la SL lo que te permite es tener la residencia solo?
Os planteo un supuesto. Si yo fuese allí, solo como jugador y constituyo una empresa y me hago residente allí. ¿Cómo podría declarar el dinero del póker entonces?
Otro supuesto. Si mi hermano que es autónomo y vende productos como queso, jamón y tal, entrase en mi SL y yo declarase la pasta mediante sus ventas, ¿sería posible? ¿supondría algún inconveniente de cara a mi hermano residiendo en España y trabajando en España?
Disculpad la chapa. Muchas gracias.
buenas!
Si, es necesario hacer una Sociedad o tener almenos 21% de una para obtener la residencia por cuenta propia. Sino tocaría pillar la pasiva 400k€ (350k en inversion + 50k en deposito) o sino tendría que contratarte una empresa del país.
No se puede declarar el dinero del poker a través de la empresa..esto lo están recomendando algunas asesorias y es una buena liada en u nfuturo..ID con cuidado plz. EL poker siempre tributa al 10% de forma flat.
Respecto al tema de la empresa de tu hermano tu podrías tener una que hiciera lo mismo des de aquí osea vender ese producto por aquí lo que no podrías hacer (hasta donde yo sé) es solo llevarte la parte tributaria a Andorra pero que toda la actividad se desarolle en España.
saludos!
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Buenas. Otro que se plantea en 2021 volar hacia Andorra. Ya he leído los posts de este hilo y sigo teniendo algunas dudas.
Decís que si constituyes una empresa y pagas autónomo, ¿no se puede declarar el dinero del póker ahí? ¿Entonces como efecto de constitución de la SL lo que te permite es tener la residencia solo?
Os planteo un supuesto. Si yo fuese allí, solo como jugador y constituyo una empresa y me hago residente allí. ¿Cómo podría declarar el dinero del póker entonces?
Otro supuesto. Si mi hermano que es autónomo y vende productos como queso, jamón y tal, entrase en mi SL y yo declarase la pasta mediante sus ventas, ¿sería posible? ¿supondría algún inconveniente de cara a mi hermano residiendo en España y trabajando en España?
Disculpad la chapa. Muchas gracias.
buenas! Si, es necesario hacer una Sociedad o tener almenos 21% de una para obtener la residencia por cuenta propia. Sino tocaría pillar la pasiva 400k€ (350k en inversion + 50k en deposito) o sino tendría que contratarte una empresa del país. No se puede declarar el dinero del poker a través de la empresa..esto lo están recomendando algunas asesorias y es una buena liada en u nfuturo..ID con cuidado plz. EL poker siempre tributa al 10% de forma flat. Respecto al tema de la empresa de tu hermano tu podrías tener una que hiciera lo mismo des de aquí osea vender ese producto por aquí lo que no podrías hacer (hasta donde yo sé) es solo llevarte la parte tributaria a Andorra pero que toda la actividad se desarolle en España. saludos!
O sea siendo 10% flat, puedes declarar el dinero ganado como jugador de póker sin problemas de cara al futuro si decides traerlo a España, ¿no? Me refiero a que sería totalmente lícito.
Respecto a lo demás, todo claro. Muchas gracias Odineh por responder.
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¡ALERTA!... Inspectores de hacienda infiltrados... XD
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Buenas. Otro que se plantea en 2021 volar hacia Andorra. Ya he leído los posts de este hilo y sigo teniendo algunas dudas.
Decís que si constituyes una empresa y pagas autónomo, ¿no se puede declarar el dinero del póker ahí? ¿Entonces como efecto de constitución de la SL lo que te permite es tener la residencia solo?
Os planteo un supuesto. Si yo fuese allí, solo como jugador y constituyo una empresa y me hago residente allí. ¿Cómo podría declarar el dinero del póker entonces?
Otro supuesto. Si mi hermano que es autónomo y vende productos como queso, jamón y tal, entrase en mi SL y yo declarase la pasta mediante sus ventas, ¿sería posible? ¿supondría algún inconveniente de cara a mi hermano residiendo en España y trabajando en España?
Disculpad la chapa. Muchas gracias.
buenas! Si, es necesario hacer una Sociedad o tener almenos 21% de una para obtener la residencia por cuenta propia. Sino tocaría pillar la pasiva 400k€ (350k en inversion + 50k en deposito) o sino tendría que contratarte una empresa del país. No se puede declarar el dinero del poker a través de la empresa..esto lo están recomendando algunas asesorias y es una buena liada en u nfuturo..ID con cuidado plz. EL poker siempre tributa al 10% de forma flat. Respecto al tema de la empresa de tu hermano tu podrías tener una que hiciera lo mismo des de aquí osea vender ese producto por aquí lo que no podrías hacer (hasta donde yo sé) es solo llevarte la parte tributaria a Andorra pero que toda la actividad se desarolle en España. saludos!
O sea siendo 10% flat, puedes declarar el dinero ganado como jugador de póker sin problemas de cara al futuro si decides traerlo a España, ¿no? Me refiero a que sería totalmente lícito.
Respecto a lo demás, todo claro. Muchas gracias Odineh por responder.
Así es! declaras al 10% flat con los primeros 3k exentos de impuestos y luego ese dinero es obviamente totalmente lícito y te lo puedes llevar a España sin problemas.
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Buenas. Otro que se plantea en 2021 volar hacia Andorra. Ya he leído los posts de este hilo y sigo teniendo algunas dudas.
Decís que si constituyes una empresa y pagas autónomo, ¿no se puede declarar el dinero del póker ahí? ¿Entonces como efecto de constitución de la SL lo que te permite es tener la residencia solo?
Os planteo un supuesto. Si yo fuese allí, solo como jugador y constituyo una empresa y me hago residente allí. ¿Cómo podría declarar el dinero del póker entonces?
Otro supuesto. Si mi hermano que es autónomo y vende productos como queso, jamón y tal, entrase en mi SL y yo declarase la pasta mediante sus ventas, ¿sería posible? ¿supondría algún inconveniente de cara a mi hermano residiendo en España y trabajando en España?
Disculpad la chapa. Muchas gracias.
buenas! Si, es necesario hacer una Sociedad o tener almenos 21% de una para obtener la residencia por cuenta propia. Sino tocaría pillar la pasiva 400k€ (350k en inversion + 50k en deposito) o sino tendría que contratarte una empresa del país. No se puede declarar el dinero del poker a través de la empresa..esto lo están recomendando algunas asesorias y es una buena liada en u nfuturo..ID con cuidado plz. EL poker siempre tributa al 10% de forma flat. Respecto al tema de la empresa de tu hermano tu podrías tener una que hiciera lo mismo des de aquí osea vender ese producto por aquí lo que no podrías hacer (hasta donde yo sé) es solo llevarte la parte tributaria a Andorra pero que toda la actividad se desarolle en España. saludos!
O sea siendo 10% flat, puedes declarar el dinero ganado como jugador de póker sin problemas de cara al futuro si decides traerlo a España, ¿no? Me refiero a que sería totalmente lícito.
Respecto a lo demás, todo claro. Muchas gracias Odineh por responder.
odineh wrote:
Así es! declaras al 10% flat con los primeros 3k exentos de impuestos y luego ese dinero es obviamente totalmente lícito y te lo puedes llevar a España sin problemas.
Perfecto entonces. Muchas gracias Odineh.
Saludos!
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Buenas de nuevo a todos. Quería preguntar por aquí a ver si alguno sabe respecto a la siguiente duda que tengo. Si por ejemplo en febrero subo a Andorra para firmar y empezar con el papeleo antes la notaría para la creación de la empresa, ¿es necesario residir desde ese mismo momento allí? ¿o es posible pasar esos 3 meses en España mientras se crea la empresa y una vez creada mudarse definitivamente allí?
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Puedes pasar 3 meses de "vacaciones" si no recuerdo mal. La cosa es que ahora con el COVID no sé como estará el tema. Ya que la frontera por parte de Cataluña vuelve a estar cerrada.
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Yo diría que con pasar la mitad del año más un día en Andorra es más que suficiente. Te planificas como tú quieras. Como si no quieres ir hasta el 20 de junio y ya te quedas el resto del año allí.
Creo. Tampoco me hagas mucho caso xd.
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exacto,..con pasar 183 dias es suficiente! lo así que no hay problema por subir firmar y bajar hasta que terminen los tramites.
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Buenas, he dado con este hilo, y me gustaría preguntaros algunas cosas sobre el traslado a Andorra.
Tengo pensado mudarme en 3 o 4 meses, y queria saber si abro una SL en Septiembre, lo que facture esa SL Andorrana factura en Andorra, o al ser yo residente fiscal en España este año, pagaria impuestos aqui.
Que asesor habeis utilizado los que os habeis mudado? Como dice el compañero, tirar de google (vivirandorra, andorraadvisors, andorrasolutions, etc) es "tirar billetes a la ruleta"
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Buenas, he dado con este hilo, y me gustaría preguntaros algunas cosas sobre el traslado a Andorra.
Tengo pensado mudarme en 3 o 4 meses, y queria saber si abro una SL en Septiembre, lo que facture esa SL Andorrana factura en Andorra, o al ser yo residente fiscal en España este año, pagaria impuestos aqui.
Que asesor habeis utilizado los que os habeis mudado? Como dice el compañero, tirar de google (vivirandorra, andorraadvisors, andorrasolutions, etc) es "tirar billetes a la ruleta"
Como te mudes en septiembre vas a tener que apoquinar en España, al menos este año, y no sé si también en Andorra... Infórmate bien.
Para que no te toque pagar en España tendrás que irte antes de que termine junio. Date vida.
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Buenas, he dado con este hilo, y me gustaría preguntaros algunas cosas sobre el traslado a Andorra.
Tengo pensado mudarme en 3 o 4 meses, y queria saber si abro una SL en Septiembre, lo que facture esa SL Andorrana factura en Andorra, o al ser yo residente fiscal en España este año, pagaria impuestos aqui.
Que asesor habeis utilizado los que os habeis mudado? Como dice el compañero, tirar de google (vivirandorra, andorraadvisors, andorrasolutions, etc) es "tirar billetes a la ruleta"
Buenas!
Te contesté el privado que mandaste con algunas dudas pero basicamente tu si eres residente fiscal en España deberás tributar en españa tus ganancias, otra cosa es que la SL tribute lo que facture en Andorra y tu luego pagues si eres su administrador o lo que sea. El tema de los asesores tienes que ir con mucho cuidado hay mucho buitre y algunos están proponiendo cosas que "no tocan" a jugadores de poker.
saludos,
odineH
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Buenas!!
Pues como bien diecs le facturamos a educa y lo del poker NO va por la sociedad..sino va aparte como incremento del capital ..un 10% flat.
Solo pagamos una cuota de autónomos que son la de ser societario por tener la residencia en andorra. Osea si fueras socio pero no quisieras la residencia no pagarías esa cuota de autónomos pero al residir la debemos pagar para cotizar por así decirlo..xD
Hola, en que niveles juegas? Ojalá estuviera en Andorra
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