FAQ Tributación del Juego (Actualizado 2020)
Basado en el artículo de Poker-Red de 14/04/2019
Como la mayoría ya sabéis, en diciembre de 2012 se publicaban en el BOE las modificaciones sobre la ley 35/2006 del IRPF. En dichas modificaciones se despejaban las últimas dudas sobre la tributación del juego, permitiendo la deducción de pérdidas con límite de las ganancias, sentándose además unas bases claras sobre cuál debía ser el proceso de fiscalización de las ganancias de los jugadores.
El cálculo de las ganancias netas durante un ejercicio fiscal consiste en el sumatorio de las ganancias y pérdidas, tanto en el ámbito online como en el ámbito del vivo, y para cualquiera de los juegos regulados (poker, ruleta, apuestas deportivas, etc…). En este apartado se excluyen las loterías y apuestas del estado así como la ONCE, que poseen una tributación especial.
Debemos tener en cuenta que la cifra final no aparece en el borrador automatizado de la renta que Hacienda ofrece a los contribuyentes, por lo que es el propio contribuyente el que debe introducirla en su declaración.
- ¿Quién está obligado a declarar ganancias del Juego?
Debemos declarar nuestra ganancia patrimonial por juego siempre y cuando ésta supere los 1.000 euros durante el ejercicio anterior en caso de no tener otras rentas y desde el primer euro en caso de tenerlas (rentas del trabajo, prestaciones, etc…) con independencia, eso sí, de si debemos tributar por ella o no.
Tengamos en cuenta que Declarar no es lo mismo que tener que tributar. Solo tus circunstancias personales (rentas del trabajo, hijos, deducciones u otras) determinarán si tendrás que pagar por tus ganancias o no, así como el % de la misma que estará sujeto a tributación.
Hemos contado con la colaboración para este artículo de Rober López @NeNe_MaD_84 que ya publicó en Youtube un video muy aclaratorio, sobre quienes y cuanto se debe tributar en función de las ganancias.
- ¿Cómo se calculan las ganancias Online?
En el caso de las salas online, son los operadores los que deben facilitar al contribuyente la información.
En ejercicios anteriores, muchos jugadores tuvieron experiencias negativas a la hora de conseguir que las diferentes salas les trasladasen estos datos en tiempo y forma pertinentes.
La falta de un protocolo de gestión y de uniformidad de datos provocó malentendidos tanto a la hora de tratar con los equipos de atención al cliente de las salas como con el personal de las distintas delegaciones de Hacienda.
La DGOJ se vio obligada a tomar cartas en el asunto e introdujo a finales del año 2013 una serie de disposiciones técnicas sobre la homogeneización de los datos fiscales a ofrecer al usuario, que deberían evitar que se repitan los males del pasado.
Para las salas que no han implementado aún esta herramienta, si quieres conocer el dato exacto de ganancias/pérdidas, la mejor opción sería escribir al soporte de la sala solicitando los datos de la siguiente fórmula.
Supongamos que estamos en Abril de 2.021 y queremos calcular las ganancias durante el ejercicio 2.020 para poder declarar:
Ganancias/Pérdidas= (cashouts 2020 - depósitos 2020) + (saldo 31/12/20 - saldo 01/01/20)
Si jugamos en varias salas, debemos repetir el proceso en cada una de ellas y obtener el resultado final a declarar sumando o restando el resultado neto en cada una.
- ¿Cómo se calculan las ganancias en vivo?
Teniendo en cuenta que sólo podremos considerar aquellas pérdidas del juego que sean demostrables fehacientemente y que los Casinos no certifican las pérdidas que se hayan producido en la ruleta, el cash, etc, debemos concluir que a efectos del IRPF sólo podremos descontar el coste de los torneos que hayamos jugado y de los que podamos presentar ticket o certificado.
Por tanto, el cálculo que debemos hacer es el siguiente.
Ganancias/Pérdidas en vivo: (Premios en torneos) - (Entradas pagadas de torneos)
¿Cómo hago la declaración?
Una vez que tengamos toda esta información, tenemos que unir el resultado del online con el resultado del vivo, y sólo en caso de que sea positivo significará que hemos obtenido una ganancia patrimonial y debemos incluirlo en la declaración.
la casilla concreta e la que incluir la ganancia puede cambiar cada año, por lo que se debe esperar a que salga la guía de la renta del año para saber que casilla usar.
Por último, y tambien de la mano de Rober López, te dejamos un video de cómo realizar materialmente la declaración de la renta
- ¿Preguntas habituales?
1. ¿ Si no saco el dinero de la sala, Hacienda lo contabiliza como ganancia?
Rotundamente Si, para hacienda la ganancia se produce en el momento de la obtención del premio, por lo que es indiferente de donde esté el dinero.
2. ¿Los puntos no canjeados deben computarse?
En mi opinión no, ya que el valor de los mismos depende del momento, la cantidad y la forma en que se canjeen. Una vez son canjeados, si computan como ganancia en ese ejercicio.
3. ¿Si me inscribo a un torneo en el 2020 que empieza en el 2021 me puede descontar legalmente ese Buyin en la declaración de 2.020?
No, la inscripción a un torneo no es una pérdida económica atribuible al juego de por si, ya que la pérdida solo se produce y computa a efectos legales cuando somos eliminados fuera de premios.
4. ¿Si gano una entrada en 2.020 para un torneo en 2.021me computa como ganancia en 2.020?
En mi opinión no, ya que el premio solo se hará realidad en caso de que se cumplan una serie de parámetros que no están en manos del premiado, como que se celebre el torneo, que no fallezca el premiado en ese intervalo, que no desaparezca el que lo otorga, etc... por tanto, si ganas en el 2.020 el derecho a jugar el PSPC en 2.021, en mi opinión debe declararse el premio en el ejercicio 2.021 y siempre que se haya jugado de manera efectiva.
Iré ampliando las preguntas habituales conforme vayáis poniéndolas si considero que son genéricas.
AVISO IMPORTANTE: En este hilo se trata de forma genérica el ámbito de la tributación del juego que no está acogido a regulación especial como es LAE y ONCE.
No trataremos casos particulares, ya que eso debe hacerlo un asesor fiscal. tened en cuanta que la tributación del juego también depende de nuestras circunstancias concretas como la Comunidad en la que vivimos, si tenemos otros ingresos, si hacemos la declaración individual o conjunta, si tenemos hijos, etc...
Edito tras la aportación del compañero Viera, sobre la tributación en el País Vasco, que la forma de tributar en los territorios forales es igual a la estatal desde el 2014.
Un saludo.
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